PROPUESTA DIRIGIDA A LOS
CANDIDATOS A PRESIDENTES DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA
ELECCIONES 2011
El
parlamento Nicaragüense de jóvenes viene a jugar un papel de “Diezmo
Juvenil”, una doctrina que busca darle
verdadero poder a la juventud, promoviendo una cultura de diálogo
intergeneracional (entre adultos y jóvenes) con la implementación de una
política pública de empoderamiento juvenil, procurando asegurar la
participación efectiva de la juventud en todos los niveles del Estado, en los
espacios donde se toman decisiones de gobierno y en la administración pública; así como impulsa la activa participación
de los jóvenes en la auditoria gubernamental y social.
Desde el 31 de agosto de 2010, se habían desarrollado una serie de propuestas publicadas, sobre el porqué los jóvenes deberían tener acceso a las instancias de poder gubernamental. A estas ideas se le llamó "Diezmo Juvenil".
En un principio se explicó la necesidad de adoptar una Ley de Cuotas Electoral Juvenil dirigida para el CSE que "equilibre" de alguna manera la situación de los jóvenes respecto de los adultos. Se exigió que al menos el 10% de jóvenes en las listas de candidatos a cargos públicos.
En Nicaragua son pocos los partidos políticos que seden el espacio al joven, por lo que es necesario garantizar este espacio, por tanto no podemos vivir con la esperanza de que los líderes nos den el espacio, si no construir nosotros nuestro espacio.
Desde el 31 de agosto de 2010, se habían desarrollado una serie de propuestas publicadas, sobre el porqué los jóvenes deberían tener acceso a las instancias de poder gubernamental. A estas ideas se le llamó "Diezmo Juvenil".
En un principio se explicó la necesidad de adoptar una Ley de Cuotas Electoral Juvenil dirigida para el CSE que "equilibre" de alguna manera la situación de los jóvenes respecto de los adultos. Se exigió que al menos el 10% de jóvenes en las listas de candidatos a cargos públicos.
En Nicaragua son pocos los partidos políticos que seden el espacio al joven, por lo que es necesario garantizar este espacio, por tanto no podemos vivir con la esperanza de que los líderes nos den el espacio, si no construir nosotros nuestro espacio.
El "Diezmo Juvenil" se necesita
implementar inicialmente en la creación de un parlamento Nacional de jóvenes
que promueve la participación de los jóvenes, disponiendo que a nivel
municipal, deba haber un 10% como mínimo de candidatos jóvenes por departamento.
El “Diezmo Juvenil” no tiene nada que ver con
religión... es para lograr un verdadero empoderamiento al Joven.
Hoy en día, Vivimos en un escenario de crisis de los sistemas de
partidos y crecientes desconfianza acerca de la capacidad en el ámbito institucional
para satisfacer las demandas de los
espacios de la juvnetud. Los jóvenes aparecen como actores políticos centrales.
El rol que ocupa el joven en el debate
político latinoamericano y la relación
de ida y vuelta con los procesos de democratización son un reto para esta
generación.
Asimismo, la Juventud organizada cambia la
relación con el estado y la capacidad, sin pretender reemplazar a las instituciones políticas, construir
formas de relación en las que el ciudadano no sea súbdito del estado sino un
verdadero soberano..
Introducción
En
Latinoamérica, los jóvenes representan a más del 60% de la población, en
Nicaragua 7 de cada 10 personas son menores de los 30 años. La mayoría
de la población joven distribuida por rango de edades, en donde de 20 a 24 años
corresponde al 14,8%, de 25 a 29, al 20,8% y de 30 a 34, 16,6%, para un total
de 52,3% que representa PEA de
los 5.8 millones de habitantes, siendo la edad promedio de 22 años.
Las
instancias gubernamentales que trabajan por los intereses de estos son los
denominados Ministerios de Juventud, Consejo de la juventud ó institutos de la
juventud. Los vacíos de estas instituciones, es que como instancias a cargo del
poder ejecutivo y parte del aparato gubernamental. No tienen una incidencia satisfactoria, en
materia legislativa y de trabajo técnico a largo plazo por la Juventud
Nicaragüense.
Estas
instituciones denominadas por la OIJ, como responsables de Juventud. No tienen
una política de largo plazo en muchos países y Nicaragua no es la excepción,
debido a que son dependientes de los años electorales. Por lo que su trabajo esta
basado en un periodo gubernamental. Siendo esto un obstáculo para desarrollar
proyectos estratégicos y políticas a largo plazo para el desarrollo de este
sector y para el aprovechamiento del bono demográfico.
Por
lo que hoy en día los nuevos gobiernos deben de apostar por llevar políticas de
estado. Una política de largo plazo, que
garanticen los derechos por medio de una legislación sana y que vele por los
intereses sectoriales de manera sostenible.
En
Nicaragua, más de 220,000 jóvenes no gozan de un empleo (Según, Datos del Banco
Central de Nicaragua-2010). Por lo que, hoy en día es necesario constar con una
institución que represente a la mayoría de las Organizaciones de jóvenes, jóvenes
de los partidos políticos, sectores gremiales, movimientos sociales y grupos
indígenas. Representando a todos los sectores que representen a la juventud,
para la creación de un grupo que defienda los intereses de este sector
mayoritario con el objetivo de incidir en las problemática y la búsqueda de
soluciones a las mismas.
A la
vez, en Nicaragua se vive una problemática en materia de dispersión de la
Sociedad Civil, que trabajan en materia en el área de juventud. Por lo que no
existe un avance por cada proyecto que se ejecutan, en vista de que esta
discordia desvanece las buenas prácticas, al no haber una coordinación nacional
de trabajo en pro de este sector. (Caso que el Instituto de la Juventud, no
tiene la facultad para ejercer dicho mandato, sea en caso a que se eleve como
Ministerio).
Hoy
en día, se necesitan formas innovadoras de empoderamiento y representatividad
de los jóvenes y sobre todo de los movimientos sociales, en sus distintas esferas. La creación de
federaciones y coaliciones de la sociedad civil, ha tenido una buena aceptación
de la población en Latinoamérica debido a que “Nace del pueblo, Es el pueblo,
para el Pueblo”.
Por lo que el seguimiento
planteamiento, da un paso positivo de 360 grados para el empoderamiento de la juventud
Nicaragüense.
Propósito:
La
creación de una instancia multilateral, que represente a la juventud, menor de los
27 años. Esta instancia política, apartidaría, pluralista y
representativa de los jóvenes, estará compuesta por organizaciones que trabajen
en materia de juventud, partidos políticos, movimientos sociales, gobierno y
gremios que tengan una cercanía con la juventud ó que tengan un vínculo muy
cercano a las problemáticas que vive el joven en el contexto actual.
El
sentido de esta convergencia de estos sectores y gremios, será por velar que
las y los Jóvenes tengamos una representación de joven- joven por medio de un
instrumento que garantizara nuestro protagonismo en el escenario Nacional.
Este
espacio de dialogo, vendría a cambiar el panorama de la jóvenes y sus entorno a
los intereses de la juventud, a como también hacer participe de la incidencia
de los jóvenes. Laborando una legislación indirecta, sin necesidad de estar
dentro del órgano legislativo y viciar a los jóvenes a la búsqueda de una
candidatura joven en la asamblea Nacional.
La
estrategia que el Parlamento Nicaragüense de jóvenes, es que sea reconocido por
la comisión competente, será en base a la capacidad de negociación,
comunicación y alianzas con el órgano para gozar de un trabajo armonioso y
efectivo.
El objetivo
de este parlamento es empoderar al joven Nicaragüense, como sujeto de
desarrollo. En el parlamento tendría las funciones de Proponer, Dar seguimiento
e incidir en políticas públicas de interés social Juvenil.
El
parlamento, al ser una institución representativa, tendría un papel Nacional de
incidencia a la Defensa de los intereses de este sector, por lo que también
seria una referencia para diferentes instancias internacionales.
OBJETIVOS
- Fomentar
la participación y el asociacionismo juvenil y favorecer la consolidación
de iniciativas que den respuesta a la juventud no asociada.
- Canalizar
las propuestas de los y las jóvenes hacia la Administración y hacia la
propia sociedad.
- Sensibilizar
a la opinión pública sobre los problemas específicos de la juventud.
- Realizar
estudios e investigaciones que descubran la verdadera naturaleza de la
realidad juvenil.
- Representar
a los y las jóvenes Nicaragüenses en los organismos internacionales de
juventud.
- Facilitar
el apoyo financiero a las entidades
juveniles.
- Colaborar con los agentes sociales para
conseguir una política juvenil global que dé respuesta a los problemas e
inquietudes de los y las jóvenes Nicaragüense.
- Proporcionar
los instrumentos que den respuesta a las demandas de los y las jóvenes
para el desarrollo de sus objetivos tanto individuales como colectivos.
CREACION DEL ORGANISMO GUBERNAMENTAL
- Corresponde al
PARLAMENTO NICARAGUENSE DE JOVENES el ejercicio de las siguientes
funciones:
- Colaborar con la
Administración mediante la realización de estudios, emisión de informes y
otras actividades relacionadas con la problemática e intereses juveniles
que puedan serle solicitados o acuerde formular por su propia iniciativa,
para lo cual podrá tener acceso a la información del Centro Nacional de
Documentación e Información de la Juventud.
- Participar en
los Consejos u Organismos consultivos que la Administración del Estado
establezca para el estudio de la problemática juvenil.
- Fomentar el
asociacionismo juvenil estimulando su creación y prestando el apoyo y la
asistencia que le fuese requerida.
- Fomentar la
comunicación, relación e intercambio entre las organizaciones juveniles de
los distintos Entes territoriales y, de modo especial, las relaciones con
las Entidades interasociativas que tengan como fin la representación y
participación de la juventud, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo
del derecho a asociación de la Constitución.
- Representar a
sus miembros en los Organismos internacionales para la juventud de
carácter no gubernamental.
- Proponer a los
poderes públicos la adopción de medidas relacionadas con el fin que le es
propio.
Resultados esperados
•
Autoridades locales sensibilizadas en la importancia de conformar las unidades
y consejos municipales de juventud en el municipio.
•
Facilitadas las competencias y herramientas técnicas para la conformación de
unidades y consejos municipales de juventud en el municipio.
•
Conformadas las unidades y consejos municipales de juventud.
• Diseñados
y pactados los planes municipales de juventud.
LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD Y EL EJERCICIO DE LOS
DERECHOS POLÍTICO
La participación de las y los jóvenes debe garantizar la
consolidación de espacios democráticos a través de mecanismos que permitan la
participación de la juventud en espacios de
toma de decisiones para:
1. A NIVEL MUNICIPAL.
a) En la promoción para crear la Oficina Parlamento Nicaragüense
de Jóvenes, en la capital de Nicaragua.
b) Los Concejos Municipales, cabildos y las instancias
sociales que tienen programas y
proyectos para las y los jóvenes.
c) En la gestión de los asuntos locales, ya sea a título
individual o a través de las
asociaciones juveniles, partidos políticos, gremios, grupos de interés afines y
movimientos sociales.
d) En la incidencia para el fortalecimiento de la gestión
municipal referida a la administración local y el manejo y conocimiento del
presupuesto a través de críticas constructivas, sugerencias y denuncias ante
las autoridades municipales y a la vez solicitar respuestas oportunas que
contribuyan al mejoramiento de la gestión municipal.
e) En el desarrollo de proyectos juveniles y la consecución
de recursos que fomenten actividades de desarrollo, educación, cultura,
recreación y deportes en las localidades.
f) En la
presentación de ordenanzas y resoluciones de temas propios de la juventud.
2. A NIVEL REGIONAL
a) En la promoción para que en los Consejos Regionales
participen las y los jóvenes de las comunidades étnicas, las que deberán
reflejar la pluralidad étnica lingüística y cultural de los jóvenes para
preservar y desarrollar su identidad cultural, artes, así como para preservar y conservar el medio
ambiente.
b) Desarrollar iniciativas en uso y disfrute de los
recursos naturales
c) Participación en la gestión y administración regional.
d) Promover y gestionar
recursos que promuevan proyectos de desarrollo de la juventud en las
Regiones Autónomas.
3. A NIVEL NACIONAL
Se creará una Comisión Nacional de la Juventud para la
implementación de las políticas juveniles y que estará conformada por
instituciones gubernamentales y no gubernamentales que trabajan con jóvenes y
el Consejo de la Juventud de Nicaragua.
De los mecanismos:
Se crean del
siguiente diagrama la jerarquía de cómo estará compuesto institucionalmente el
Parlamento Nicaragüense de Jóvenes instancia para la participación juvenil:
Estructura:
MODELO DEL PARLAMENTO
NICARAGUENSE DE JOVENES
Desde su aparición
durante los años 2001, la figura elegida para regular los consejos de la
juventud osciló entre diferentes modelos, más o menos intervencionistas, por
parte de las diferentes Administraciones públicas. Los primeros fueron creados
por Decretos y habitualmente sin una naturaleza jurídica diferenciada de la
propia Administración.
Posteriormente, La tendencia general fue la de dotar a los consejos de naturaleza jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, como entidades de derecho público. El Consejo de la Juventud de Nicaragua empezó en los noventa a regirse como organismos autónomos de sus respectivas Administraciones.
Lo importante para los consejos de la juventud, en cuanto a su regulación se refiere, es poder mantener su continuidad en el trabajo y la autonomía en el cumplimiento de sus funciones, así como la adecuación de la gestión a las necesidades reales del trabajo cotidiano.
Es esencial estar dotados de naturaleza jurídica propia, por lo que deberían descartarse figuras como órganos de consulta y participación en el seno de la propia Administración, apostándose por la creación figuras, con rango legislativo, que aseguren su continuidad y autonomía. No deben confundirse los consejos de la juventud —compuestos por asociaciones— con en el instituto de la juventud —compuestos, para su coordinación, por diferentes departamentos de una Administración.
Su aparición se debe a que la Administración coincide en intereses con los y las miembros que integran el Consejo, las asociaciones juveniles, partidos políticos y parlamentarios jóvenes y que lo rigen con autonomía, formando las prioridades de su trabajo y actuación, de forma democrática y colegiada.
Este grado de autonomía debe asegurarse incluso cuando los consejos se regulen como organismos autónomos de la Administración, y que no queden supeditados jerárquicamente a los titulares de los diferentes departamentos.
Igualmente, no son recomendables los modelos de derecho privado, ya que los consejos tienen una labor de interlocución general y de trabajo con la juventud que va más allá de los miembros que lo componen, puesto que los objetivos que se encuentran en última instancia son perseguir el interés general.
Otro aspecto de importancia fundamental es la relación que los consejos de la juventud tienen con las entidades juveniles. Hay que partir de la premisa que los consejos de la juventud existen porque existe el movimiento asociativo y entidades que lo componen.
Aunque esto sea así, es necesario ver sus fórmulas de relación, que van más allá de lo puramente formal. Ya se hacía referencia anteriormente al principio de subsidiariedad, si éste es uno de los principios que reivindicamos en las políticas públicas, nosotros y nosotras debemos ser coherentes con el mismo; por lo tanto, los consejos de la juventud debería ser facilitadores de la labor que las entidades juveniles desarrollan directamente con la población joven, es por tanto que si una entidad puede desarrollar un programa, no serán los consejos de la juventud los que entren en «competencia» con dicha entidad.
Siendo por tanto los consejos de la juventud en su labor interna lugares de trabajo insterasociativo de una gran diversidad y por tanto riqueza ideológica, se dan ejemplos de verdaderos trabajos en red y consenso que es interesante tener en cuenta en otros lugares asociativos. Son todos y cada uno de los planteamientos de los consejos de la juventud fruto del trabajo de todas sus entidades sin que esos planteamientos deban ser vinculantes a sus entidades miembro.
Posteriormente, La tendencia general fue la de dotar a los consejos de naturaleza jurídica propia para el cumplimiento de sus fines, como entidades de derecho público. El Consejo de la Juventud de Nicaragua empezó en los noventa a regirse como organismos autónomos de sus respectivas Administraciones.
Lo importante para los consejos de la juventud, en cuanto a su regulación se refiere, es poder mantener su continuidad en el trabajo y la autonomía en el cumplimiento de sus funciones, así como la adecuación de la gestión a las necesidades reales del trabajo cotidiano.
Es esencial estar dotados de naturaleza jurídica propia, por lo que deberían descartarse figuras como órganos de consulta y participación en el seno de la propia Administración, apostándose por la creación figuras, con rango legislativo, que aseguren su continuidad y autonomía. No deben confundirse los consejos de la juventud —compuestos por asociaciones— con en el instituto de la juventud —compuestos, para su coordinación, por diferentes departamentos de una Administración.
Su aparición se debe a que la Administración coincide en intereses con los y las miembros que integran el Consejo, las asociaciones juveniles, partidos políticos y parlamentarios jóvenes y que lo rigen con autonomía, formando las prioridades de su trabajo y actuación, de forma democrática y colegiada.
Este grado de autonomía debe asegurarse incluso cuando los consejos se regulen como organismos autónomos de la Administración, y que no queden supeditados jerárquicamente a los titulares de los diferentes departamentos.
Igualmente, no son recomendables los modelos de derecho privado, ya que los consejos tienen una labor de interlocución general y de trabajo con la juventud que va más allá de los miembros que lo componen, puesto que los objetivos que se encuentran en última instancia son perseguir el interés general.
Otro aspecto de importancia fundamental es la relación que los consejos de la juventud tienen con las entidades juveniles. Hay que partir de la premisa que los consejos de la juventud existen porque existe el movimiento asociativo y entidades que lo componen.
Aunque esto sea así, es necesario ver sus fórmulas de relación, que van más allá de lo puramente formal. Ya se hacía referencia anteriormente al principio de subsidiariedad, si éste es uno de los principios que reivindicamos en las políticas públicas, nosotros y nosotras debemos ser coherentes con el mismo; por lo tanto, los consejos de la juventud debería ser facilitadores de la labor que las entidades juveniles desarrollan directamente con la población joven, es por tanto que si una entidad puede desarrollar un programa, no serán los consejos de la juventud los que entren en «competencia» con dicha entidad.
Siendo por tanto los consejos de la juventud en su labor interna lugares de trabajo insterasociativo de una gran diversidad y por tanto riqueza ideológica, se dan ejemplos de verdaderos trabajos en red y consenso que es interesante tener en cuenta en otros lugares asociativos. Son todos y cada uno de los planteamientos de los consejos de la juventud fruto del trabajo de todas sus entidades sin que esos planteamientos deban ser vinculantes a sus entidades miembro.
GESTIÓN ECONÓMICA Y DE PERSONAL
Debido al evidente
beneficio público de la existencia de los consejos de la juventud, su
mantenimiento esencial debe encontrarse en los Presupuestos Generales de la
correspondiente Administración de su nivel territorial.
Los consejos de la juventud no deben competir nunca con las asociaciones concurriendo a Órdenes de subvenciones, apostándose por contra por el apoyo a las mismas a través de criterios de gestión subsidiaria de sus actividades en la medida de lo posible. Siendo conscientes de los objetivos que los consejos de la juventud se han marcado y que vienen reflejados en sus leyes de creación, se debe fomentar la participación y el asociacionismo. Es por tanto que los consejos de la juventud deben favorecer que las asociaciones juveniles, miembros o no de su Asamblea, sean las que tengan el protagonismo en la vida diaria de la juventud, favoreciendo por tanto en todo momento su actividad sin que sean los propios Consejos los que realicen proyectos que las puedan llevar a cabo las asociaciones. Diríamos que los consejos de juventud son facilitadores de la actividad asociativa sin ser incoherentes con sus objetivos.
Los consejos de la juventud no deben competir nunca con las asociaciones concurriendo a Órdenes de subvenciones, apostándose por contra por el apoyo a las mismas a través de criterios de gestión subsidiaria de sus actividades en la medida de lo posible. Siendo conscientes de los objetivos que los consejos de la juventud se han marcado y que vienen reflejados en sus leyes de creación, se debe fomentar la participación y el asociacionismo. Es por tanto que los consejos de la juventud deben favorecer que las asociaciones juveniles, miembros o no de su Asamblea, sean las que tengan el protagonismo en la vida diaria de la juventud, favoreciendo por tanto en todo momento su actividad sin que sean los propios Consejos los que realicen proyectos que las puedan llevar a cabo las asociaciones. Diríamos que los consejos de juventud son facilitadores de la actividad asociativa sin ser incoherentes con sus objetivos.
FUNCIONAMIENTO DEL PARLAMENTO
NICARAGUENSE DE JOVENES
El PARLAMENTO
NICARAGUENSE DE JOVENES debe ser una escuela de democracia donde predominen los
valores recogidos en todos los tratados y constituciones sociales. Educar en la
participación, el respeto, el pluralismo y el juego de minorías y mayorías, así
como la defensa de todo tipo de ideas tendiendo como única arma la palabra,
debieran ser algunas de las características que recoger dentro de los objetivos
de cualquier estructura democrática.
El PARLAMENTO NICARAGUENSE DE JOVENES será una institución en la que las entidades tienen su punto de encuentro, de debate, de participación y de articulación de propuestas para mejorar las condiciones de vida de la juventud, así como el fomento de valores cívicos y participativos incluyentes, haciendo especial hincapié en grupos o colectivos con dificultades específicas.
Como ya se ha comentado anteriormente, el objetivo principal de todo Consejo de la Juventud es el fomento de la participación, esto también debe tenerse en cuenta en su propio seno. No obstante, sería importante contar con unos criterios mínimos de ingreso de entidades, así como unos criterios de representación de las entidades en sus órganos. Estos criterios de los que hablamos normalmente vienen regulados en Reglamentos de Régimen Interno elaborados y aprobados por la entidad miembro. Sería necesario abrir el debate sobre la participación en los consejos de la juventud de aquellos colectivos en riesgo de exclusión social.
Para que una entidad forme parte de PARLAMENTO NICARAGUENSE DE JOVENES de pleno derecho debe pasar por un proceso reglamentario, desde el cumplimiento de los requisitos que vienen marcados en su ley. La Comisión Permanente del Consejo de la Juventud revisará la documentación presentada por la entidad y los requisitos marcados para informar a la asamblea, igualmente las asociaciones miembro recibirán información sobre los fines de la asociación y un resumen de sus actividades para poder tener un conocimiento global de la entidad en cuestión.
Como ya hemos comentado, es necesario que se cumplan unos requisitos, que después pueden influir en la ponderación de voto, si la hubiera. Estos requisitos deberían reconocer tanto el número de asociados y asociadas, como la implantación territorial de la entidad, teniendo en cuenta en todo momento las características del movimiento asociativo de la Comunidad o la localidad, para esos consejos de ámbito territorial menor se tendría en cuenta el número de entidades miembro de su Asamblea, así como la población juvenil que representa. Como se puede entender, tras el punto del orden del día de la Asamblea donde se trataría la incorporación de nuevas entidades, ésta pasaría a formar parte del Consejo como pleno derecho.
En todo momento se pretende que las asociaciones juveniles tengan el derecho de formar parte de un Consejo de Juventud, pudiera ser que alguna entidad entendiera que cumple los requisitos exigidos en la ley, pero sin embargo la Comisión Permanente en su informe no lo entendiera así, ésta entidad en todo momento debería tener el derecho de alegar y poder aclarar las posibles diferencias.
Como se ha comentado, pudiera ser que las organizaciones y consejos de juventud miembro tuvieran el voto ponderado según los requisitos establecidos para ello. La ponderación del voto de los consejos locales de juventud será por número de entidades miembro y por la población joven de su Ayuntamiento.
Una vez al año como mínimo se convocará plenario de sus miembros de forma ordinaria, y de forma extraordinaria a petición de un tercio de sus miembros.
De igual manera, en el reglamento pueden aparecer aspectos que establezcan cómo debieran llevar a cabo los procesos en las asambleas, pudiendo diferenciar incluso en su forma a las asambleas de elección. De esta manera podría ser que en estas asambleas hubiera una mesa que fuera la encargada de moderar los debates durante el proceso de elección, que estaría formada por miembros de la asamblea.
Este reglamento, que se aprueba en Asamblea, rige el funcionamiento interno de los consejos, por tanto es importante tener en cuenta que la mayoría de los y las miembros están de acuerdo con él en su integridad. Dada la importancia de estas decisiones, sería conveniente que esta mayoría fuese cualificada.
Los consejos de la juventud cuentan con órganos de decisión y ejecución de las mismas, y asimismo cuentan en todo momento con una persona que ejerce la presidencia, que se encargaría además de la representación de dicho Consejo. También es importante contar con otra persona responsable de las finanzas y una tercera una persona responsable de la coordinación, supervisión y ejecución de las líneas de trabajo.
Otro aspecto que a nadie se le escapa es que el trabajo de todo Consejo de Juventud es continuado y con carga de responsabilidad. Por lo tanto, para garantizar el desarrollo de estas funciones, se podría establecer una remuneración para alguna persona de la Comisión Permanente que realizará las labores de coordinación y representación. De igual manera se creará la figura de la gerencia, como puesto de confianza de la Comisión Permanente.
Para poder realizar una toma de decisiones más participativa, se podrían convocar reuniones al máximo nivel dirigente de las entidades miembro. Para los consejos de la juventud miembro de ámbito territorial inferior también sería interesante establecer espacios de coordinación que permitieran además de un lugar de debate con estos consejos, un lugar de intercambio de experiencias.
Los consejos de ámbito territorial inferior al autonómico deberían estar también regulados por ley y tendrían un estatus semejante al de los consejos autonómicos y estatal, y deberían tener presencia en la vida de su territorio a través de los Presupuestos Generales. Esta ley debería dejar claro cómo y de qué forma se constituye esta institución y su engarce en la Administración.
El PARLAMENTO NICARAGUENSE DE JOVENES será una institución en la que las entidades tienen su punto de encuentro, de debate, de participación y de articulación de propuestas para mejorar las condiciones de vida de la juventud, así como el fomento de valores cívicos y participativos incluyentes, haciendo especial hincapié en grupos o colectivos con dificultades específicas.
Como ya se ha comentado anteriormente, el objetivo principal de todo Consejo de la Juventud es el fomento de la participación, esto también debe tenerse en cuenta en su propio seno. No obstante, sería importante contar con unos criterios mínimos de ingreso de entidades, así como unos criterios de representación de las entidades en sus órganos. Estos criterios de los que hablamos normalmente vienen regulados en Reglamentos de Régimen Interno elaborados y aprobados por la entidad miembro. Sería necesario abrir el debate sobre la participación en los consejos de la juventud de aquellos colectivos en riesgo de exclusión social.
Para que una entidad forme parte de PARLAMENTO NICARAGUENSE DE JOVENES de pleno derecho debe pasar por un proceso reglamentario, desde el cumplimiento de los requisitos que vienen marcados en su ley. La Comisión Permanente del Consejo de la Juventud revisará la documentación presentada por la entidad y los requisitos marcados para informar a la asamblea, igualmente las asociaciones miembro recibirán información sobre los fines de la asociación y un resumen de sus actividades para poder tener un conocimiento global de la entidad en cuestión.
Como ya hemos comentado, es necesario que se cumplan unos requisitos, que después pueden influir en la ponderación de voto, si la hubiera. Estos requisitos deberían reconocer tanto el número de asociados y asociadas, como la implantación territorial de la entidad, teniendo en cuenta en todo momento las características del movimiento asociativo de la Comunidad o la localidad, para esos consejos de ámbito territorial menor se tendría en cuenta el número de entidades miembro de su Asamblea, así como la población juvenil que representa. Como se puede entender, tras el punto del orden del día de la Asamblea donde se trataría la incorporación de nuevas entidades, ésta pasaría a formar parte del Consejo como pleno derecho.
En todo momento se pretende que las asociaciones juveniles tengan el derecho de formar parte de un Consejo de Juventud, pudiera ser que alguna entidad entendiera que cumple los requisitos exigidos en la ley, pero sin embargo la Comisión Permanente en su informe no lo entendiera así, ésta entidad en todo momento debería tener el derecho de alegar y poder aclarar las posibles diferencias.
Como se ha comentado, pudiera ser que las organizaciones y consejos de juventud miembro tuvieran el voto ponderado según los requisitos establecidos para ello. La ponderación del voto de los consejos locales de juventud será por número de entidades miembro y por la población joven de su Ayuntamiento.
Una vez al año como mínimo se convocará plenario de sus miembros de forma ordinaria, y de forma extraordinaria a petición de un tercio de sus miembros.
De igual manera, en el reglamento pueden aparecer aspectos que establezcan cómo debieran llevar a cabo los procesos en las asambleas, pudiendo diferenciar incluso en su forma a las asambleas de elección. De esta manera podría ser que en estas asambleas hubiera una mesa que fuera la encargada de moderar los debates durante el proceso de elección, que estaría formada por miembros de la asamblea.
Este reglamento, que se aprueba en Asamblea, rige el funcionamiento interno de los consejos, por tanto es importante tener en cuenta que la mayoría de los y las miembros están de acuerdo con él en su integridad. Dada la importancia de estas decisiones, sería conveniente que esta mayoría fuese cualificada.
Los consejos de la juventud cuentan con órganos de decisión y ejecución de las mismas, y asimismo cuentan en todo momento con una persona que ejerce la presidencia, que se encargaría además de la representación de dicho Consejo. También es importante contar con otra persona responsable de las finanzas y una tercera una persona responsable de la coordinación, supervisión y ejecución de las líneas de trabajo.
Otro aspecto que a nadie se le escapa es que el trabajo de todo Consejo de Juventud es continuado y con carga de responsabilidad. Por lo tanto, para garantizar el desarrollo de estas funciones, se podría establecer una remuneración para alguna persona de la Comisión Permanente que realizará las labores de coordinación y representación. De igual manera se creará la figura de la gerencia, como puesto de confianza de la Comisión Permanente.
Para poder realizar una toma de decisiones más participativa, se podrían convocar reuniones al máximo nivel dirigente de las entidades miembro. Para los consejos de la juventud miembro de ámbito territorial inferior también sería interesante establecer espacios de coordinación que permitieran además de un lugar de debate con estos consejos, un lugar de intercambio de experiencias.
Los consejos de ámbito territorial inferior al autonómico deberían estar también regulados por ley y tendrían un estatus semejante al de los consejos autonómicos y estatal, y deberían tener presencia en la vida de su territorio a través de los Presupuestos Generales. Esta ley debería dejar claro cómo y de qué forma se constituye esta institución y su engarce en la Administración.
PARA FORTALECER
LAS ASOCIACIONES Y MEJORAR LA PARTICIPACIÓN
·
Situar en el eje
central del trabajo de las organizaciones juveniles el proceso de aprendizaje y
desarrollo de las personas, unido a la potenciación de la vivencia entre las
personas miembro de las asociaciones y la proyección social de valores
alternativos, apostando, más allá del discurso, por una práctica y una acción
coherentes que incorporen la solidaridad, la igualdad, el respeto, etc…
·
Elaborar documentos
teóricos y prácticos sobre metodologías de trabajo asociativo, y de igual
manera fomentar el uso de las nuevas tecnologías con todas sus aplicaciones
como instrumentos de formación y trabajo diarios de las organizaciones
juveniles. A su vez, establecer un servicio de asesoría cercano que dé
respuesta a los problemas y necesidades relacionadas con la gestión y
funcionamiento de las organizaciones juveniles.
·
Impulsar mecanismos
que fomenten fórmulas de democracia participativa en el seno de las entidades
juveniles: presupuestos participativos, definición y revisión participativa de
los planes de trabajo y de los programas anuales…La plena participación exige
la puesta en marcha de mecanismos que garanticen la igualdad de oportunidades
en el acceso a la información y la toma de decisiones de aquellos colectivos
con dificultades de acceso a la misma.
·
Impulsar entre la
entidad miembro del Consejo de la Juventud de España el conocimiento de la
realidad juvenil.
·
No perder de vista
el objetivo principal de las entidades juveniles: fomentar el asociacionismo
entre la población joven como mecanismo para crear ciudadanía activa. Para
conseguir este objetivo se desarrollarán todo tipo de programas dentro de la
educación formal y no formal, inculcando y fomentando la cultura juvenil de
participación.
·
Fomentar el trabajo
en red e interasociativo en todos los niveles. Con este trabajo se conseguirá
fortalecer el movimiento asociativo juvenil mediante los intercambios de ideas
que doten de fuerza, agilidad y efectividad a las entidades anteponiendo la
lógica de la cooperación. Favorecer también los encuentros de entidades que
inician su actividad para conseguir objetivos formativos y motivacionales.
·
Revisar y mantener
vivo el proyecto estratégico de las entidades permitiendo el rearme ideológico
de las mismas, a través de la realización de diagnósticos organizativos que
permitan el diseñar cambios que favorezcan la participación y la democracia
interna. En este proceso, el protagonismo debe ser del conjunto de los socios y
las socias, para lo que es positivo que la democracia sea paritaria, y no
únicamente de los equipos directivos. La colegialidad y la horizontalidad deben
primar sobre la autocracia, la burocracia y la jerarquización.
·
Diseñar planes de formación
a la carta para atender a las necesidades de las entidades juveniles,
favoreciendo por tanto la formación permanente, evaluación continua… Y atender
de forma prioritaria y específica a la formación de líderes juveniles como
medio para garantizar el relevo asociativo.
·
Favorecer la
conciliación de la vida asociativa con la vida juvenil, reconociendo de manera
específica el papel de los y las dirigentes juveniles como dinamizadores y
dinamizadoras. Reconocer cómo el movimiento asociativo juvenil favorece la
adquisición de destrezas relacionadas con la transición a la vida emancipada.
PARA MEJORAR LAS
RELACIONES DE LAS ASOCIACIONES CON LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, LA
ADMINISTRACIÓN, LAS EMPRESAS Y EL SISTEMA EDUCATIVO
·
Descriminalizar la
imagen de la juventud así como promover una imagen más rica, plural y cercana a
la realidad, especialmente la de las mujeres jóvenes, denunciando la imagen
sesgada y sexista en publicidad.
·
Visualizar el
trabajo de las asociaciones, reservando espacios para éstas en los medios de
comunicación, fomentando y apoyando la creación de medios de comunicación
propios del movimiento asociativo juvenil. Regular a su vez el papel del
movimiento asociativojuvenil en los medios de comunicación —sobre todo en
aquellos de titularidad pública—, creando espacios para la promoción de
asociaciones y consejos de la juventud al tiempo que se asegure la
representación de los consejos de juventud en los consejos asesores.
·
Reconocer la
importancia que tienen las políticas de juventud creando entes específicos en
todos los niveles de la Administración, donde también existirán áreas
específicas de mujer joven que garanticen la perspectiva de género en todas las
líneas estratégicas y acciones.
·
Dar cobertura legal
específica a las asociaciones juveniles y consejos locales de juventud; estos
últimos serán reconocidos como entidades de derecho público.
·
Adaptar la
adjudicación de subvenciones a la realidad del movimiento asociativo,
promoviendo convenios y subvenciones plurianuales, así como garantizando la
presencia de los Consejos de Juventud en las comisiones adjudicatarias por
derecho propio y desarrollando informes preceptivos; se deberían reformular los
modelos de solicitud, subsanación, y justificación de subvenciones, unificando
los criterios de justificación. Facilitar desde la Administración la creación y
promoción de asociaciones juveniles, eliminando
tasas, ejerciendo como avalista, y buscando nuevas fórmulas de colaboración
como la gratuidad de las instalaciones públicas a asociaciones juveniles y
consejos de juventud. Se apostará a su vez por la creación de infraestructuras
y servicios de apoyo al desarrollo del movimiento asociativo juvenil. Apostar
por la promoción de medidas legales que faciliten la desgravación fiscal a las
aportaciones a las asociaciones juveniles, reconociendo su carácter social y
educativo, de manera que se habiliten nuevos recursos provenientes de
iniciativas privadas a las propias asociaciones. Establecer medidas de fomento
de contrataciones en las asociaciones, con apoyos parciales o totales a estos
contratos.
·
Promover la
participación en la empresa privada y crear canales de colaboración y
patrocinio. Todo ello sin perder en ningún momento de vista la coherencia
asociativa.
·
Introducir de forma
real la trasnversalización de la participación en el sistema educativo,
favoreciendo de igual manera la colaboración entre el movimiento asociativo y
los centros educativos y garantizando también la coeducación. Fomentar la
educación de proximidad en el ámbito de la educación para la participación.
·
Reconocer la
importancia del movimiento asociativo estudiantil, reforzando el papel de los
Consejos Escolares, en los que se implantaría la democracia paritaria y donde
estén representados los consejos de la juventud. En los consejos escolares se
crearía un área específica que sirva para garantizar la implantación real de la
coeducación, estas áreas se coordinarían en una comisión creada entre los
consejos escolares de centro.
·
Fortalecer los
consejos de la juventud como interlocutores de la juventud ante la
Administración y la sociedad.
·
Favorecer la
democracia paritaria en los órganos de toma de decisiones de las asociaciones y
los consejos de la juventud.
·
Adaptar los
horarios de las asociaciones y consejos de la juventud, así como de los
servicios que cogestionan a la juventud y teniendo en cuenta a la mujer joven.
Participación Social
Los ciudadanos tienen el derecho a
participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes
libremente elegidos, periódicamente, por sufragio universal.
PARA IMPULSAR EL
EJERCICIO DE LA CIUDADANÍA Y LA ORGANIZACIÓN SOCIAL DE LA PARTICIPACIÓN
·
Creación de un
observatorio de derechos de ciudadanía de la juventud, mediante la
incorporación de la investigación acción participativa.
·
Profundizar en el
modelo de los consejos de juventud potenciando su capacidad de definición,
interlocución y consulta en relación con las políticas y normativas que afectan
a los y las jóvenes, trasladándolos como ejemplo de participación ciudadana.
·
Aprovechar y
mejorar el uso de recursos públicos ya existentes, adaptándolos a las
necesidades de la participación juvenil. Redefinir espacios en el ámbito local
como espacios de ejercicio de la ciudadanía, convivencia y comunicación
interpersonal.
·
Exigir la
coherencia entre políticas y recursos administrativos con el objetivo de
facilitar ejercicios básicos de ciudadanía.
·
Apostar por la
extensión del modelo de consejos de la juventud en sus ámbitos de interlocución
y participación a otros ámbitos de participación ciudadana, haciendo hincapié
en los procesos de desarrollo comunitario.
·
Incorporar la
educación para la ciudadanía en todos los ámbitos y niveles formativos.
·
Apostar por los
modelos participativos como elemento de prevención de situaciones de riesgo
social, utilizando criterios flexibles que faciliten la incorporación de
determinados colectivos al ejercicio de la ciudadanía.
·
Crear tratados
locales donde se consensúen los valores de convivencia comunes que sirvan como
base para un nuevo contrato social.
·
Apostar por el
salario social como derecho fundamental y puerta de entrada al resto de
derechos de ciudadanía.
·
Incorporar la
perspectiva de género en el desarrollo de la participación ciudadana
conciliando los horarios participativos en las labores cívicas y potenciando la
presencia de mujeres en órganos de decisión.
·
Compensar e
incentivar la participación social mediante el reconocimiento curricular como
proceso educativo que favorece la adquisición de herramientas y conocimientos
de importancia para el desarrollo personal y social. Potenciar el
reconocimiento del valor añadido que aportan al C.V. los procesos de
participación en organizaciones sociales.
·
Propiciar y generar
alternativas dentro del marco del tiempo libre que estimulen un ocio joven
proactivo, imaginativo y dentro de otras pautas diferentes al ocio de consumo,
reproductor de pautas preestablecidas.
·
Elaborar de modelos
de información juvenil que, en lugar de propiciar una dictadura de la oferta,
establezcan la información como un proceso tendente a la satisfacción de
necesidades informativas objetivas y sentidas de la población juvenil.
·
Aumentar la
participación juvenil a través de herramientas que la favorezcan como son los
presupuestos participativos, foros sociales, y reconocer todas las fórmulas de
participación
·
Mejorar la eficacia
en instrumentos de la política de fomento de la participación juvenil:
o Creación de la Ley de Participación
Juvenil.
o Aumento de la coordinación entre las
diferentes administraciones y el control de la ejecución presupuestaria.
o Garantizar la igualdad de servicios
públicos para la juventud entre las diferentes regiones. y diferentes ámbitos
territoriales.
o Creación de estructuras que suplan la
carencia de medios en el ámbito local, como mancomunidades.
o Revisión de los sistemas de control de
subvenciones para garantizar la participación libre.
o Fomentar y velar por los procesos
democráticos y la democracia paritaria en todas las formas de participación
social.
·
Fomentar valores y
actitudes en participación:
o Implantar como asignatura en todos los
niveles académicos la asignatura de Educación para la Participación se
utilizará igualmente como aspecto transversal.
o Incluir la participación en la educación no
formal.
o Creación de herramientas que trabajen el
fomento de la participación utilizando las nuevas tecnologías como aspecto
motivacional.
·
Impulsar el
desarrollo de más espacios, medios e infraestructuras autogestionadas para la
participación y la convivencia social fomentando la socialización.
·
Reconocer y
fomentar los consejos de la juventud en todos los ámbitos territoriales:
o Leyes específicas de juventud que
reconozcan sus funciones y amparen la participación libre y eficaz.
o Promover el trabajo interasociativo de los
consejos locales de juventud en sus territorios y en el Estado con el Consejo
de la Juventud de España.
o Fomentar de igual manera el trabajo
interasociativo en el ámbito supranacional.
o Participación de los consejos en diferentes
foros y posicionamiento en temas de interés social, que impliquen a las
entidades miembro.
·
Fomentar los cauces
de coordinación y participación interterritorial:
o Fomentar las relaciones bilaterales y
multilaterales entre asociaciones de un mismo territorio o de diferentes Comunidades
Autónomas.
o Reconocer y amparar la participación en
ámbitos territoriales superiores las asociaciones locales o minoritarias.
·
Reconocimiento
individual a la participación social sin ánimo de lucro. Dotar de cobertura
social a los asociados y las asociadas que realicen actividades de interés
general.
·
Impulsar la
regeneración democrática:
o Abrir un proceso de reflexión sobre la ley
electoral que suponga una mejora de los mecanismos de democracia participativa.
o Campañas de sensibilización sobre el papel de
la política.
o Desarrollar legislativamente aquellas
asociaciones no contempladas en la LODA (Ley Orgánica reguladora del Derecho de
Asociación): sindicales, políticas, religiosas, empresariales.
·
Impulsar los
concursos públicos para entidades sin ánimo de lucro para los servicios
públicos, generando empleo para aquellos que realizan el servicio. En este
sentido, se evitará la privatización y subcontratación de servicios públicos.
Por supuesto se garantizarían los derechos laborales.
·
Redefinir los
medios de comunicación como agentes de la participación social:
o Espacios sobre y para la participación
social.
o Creación de medios de comunicación
alternativos sin ánimo de lucro.
o Fomento de la colaboración entre
asociaciones juveniles a nivel internacional.
o Apoyo de Foros Internacionales de Juventud.
o Que se eleven propuestas a los gobiernos y
órganos multilaterales.
·
Reconocer y abrirse
a las nuevas formas de participación que están surgiendo.
·
Generar una cultura
de la participación como alternativa a los valores dominantes. Esto supone
apostar por que las asociaciones juveniles sean espacios de verdadera
convivencia democrática en los que sea posible aprender y ejercitar la participación
·
Conocer y analizar
las motivaciones y necesidades de la población juvenil: es imprescindible
renovar continuamente el conocimiento de la realidad para responder a las
necesidades de los y las jóvenes y realizar propuestas motivadoras que sean
capaces de ilusionar a los sectores de la juventud.
·
Promover la
formación y el debate sobre los movimientos globales en el seno de nuestras
asociaciones, entre nuestras asociaciones y consejos de juventud, muchos de
nosotros y muchas de nosotras como participantes de estos movimientos de
resistencia. Por lo tanto, se promocionarán espacios de encuentro entre los y
las jóvenes que participamos en el movimiento juvenil y en el movimiento de
resistencia global.
·
Promover la
participación en el campo legislativo a través de la interlocución a los
partidos políticos, trasladándoles sugerencias, inquietudes y propuestas de los
diferentes grupos y movimientos sociales.
·
Promover la
democracia directa mediante presupuestos participativos, el asociacionismo,
iniciativa legislativa popular y cuando se requiera referéndum.
·
Fomentar los cauces
de participación adecuados de los trabajadores y las trabajadoras en sus
empresas, independientemente de la situación contractual que les una a las
mismas, así como de la tipología empresarial.
·
Los movimientos
sociales deben ser consultados a través de consejos asesores, mesas en las que
estén presentes las organizaciones sociales más representativas, y que sus
decisiones/informes sean vinculantes en los espacios legislativos, de ámbito
municipal, autonómico y central.
·
Fomentar en todas
las organizaciones la participación en la toma de decisiones de las personas
que participan activamente en los programas.
·
Favorecer la
igualdad entre las condiciones laborales del tercer sector con las de la
Administración en los servicios cogestionados. En las contrataciones del tercer
sector se garantizarán estas condiciones laborales.
·
Favorecer la
cogestión de servicios públicos por parte de la sociedad civil organizada.
Evitar que el llamado «tercer sector» supla
la labor del Estado. La actividad voluntaria de las personas no debe sustituir
la actividad profesional a la que está obligada la Administración. Ésta debe
asumir su función debiendo tener en cuenta a los agentes sociales involucrados.
La Administración no debe hacer dejación de responsabilidad e invertir en
políticas públicas de juventud.
Parlamento Nacional de la Juventud
Confederacion de Organizaciones
Juveniles
Título Primero
Dirigido de los Jóvenes, para los
Jóvenes.
Parlamento
Nicaragüense de Jóvenes
En
términos Jurídicos- Administrativos;
Órgano
adjunto al Consejo de la Juventud.
El Parlamento Nicaragüense de Jóvenes (PNJ), es una
plataforma de entidades juveniles de Carácter Permanente, creada y formada por
jóvenes líderes de las comunidades y organizaciones juveniles, movimientos,
gremios y grupos de interés. Con el objetivo de propiciar la participación de
la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural de nuestro país,
en un entorno global. Es nuestro fin esencial, tal como recoge el artículo 50
de la Constitución Nicaragüense, sobre el derecho de asociación.
Trabajar por conseguir una plataforma plural que fomente la
reflexión y el intercambio de ideas y experiencias entre las distintas sensibilidades
e ideologías que configuran la realidad de las asociaciones juveniles de
nuestro estado, así como para trasladar las propuestas, reivindicaciones y
denuncias que surjan en el seno del PNJ a la Administración, a los agentes
sociales y a los medios de comunicación. Todo ello encaminado a dar respuesta a
los problemas, inquietudes y aspiraciones de la juventud y a mejorar su calidad
de vida.
Nuestros valores son la participación democrática y plural,
como medio para ejercer la plena ciudadanía en la sociedad, el compromiso
social, la igualdad de oportunidades, el diálogo y el respeto a la diversidad
en su más amplio sentido.
La existencia del Parlamento
Nicaragüense de Jóvenes, supone
un derecho y al mismo tiempo un compromiso: participar en el diseño de las
políticas que de forma directa o indirecta afectan a los y las jóvenes y
presentar alternativas a los problemas de este colectivo.
Su labor representativa, crítica y
reivindicativa se ha consolidado al Parlamento Nicaragüense de
Jóvenes, como un interlocutor válido de los
intereses de la juventud y a la vez nos permitirá
ir conquistando espacios de actuación en los que los y las jóvenes dejemos de ser meros espectadores para
convertirnos en protagonistas.
La
estructura del Parlamento Nicaragüense de Jóvenes es democrática y
representativa y la componen los siguientes órganos:
La Asamblea General que
reúne cada dos años a los y las representantes de todas las entidades miembro
del Parlamento Nicaragüense de Jóvenes para fijar las líneas de actuación del
Consejo, revisar el trabajo realizado en el periodo entre Asambleas, aprobar el
balance económico y el presupuesto, estudiar y debatir los documentos
elaborados por las Comisiones Especializadas y elegir a los miembros de la
Comisión Permanente.
La Asamblea Ejecutiva es el órgano responsable de desarrollar los acuerdos de la Asamblea. Se reúne con carácter ordinario dos veces al año y con carácter extraordinario cuando lo solicite un tercio de las entidades miembro o a propuesta de la Comisión Permanente.
La Comisión Permanente es el órgano encargado de ejecutar sobre el terreno los acuerdos de la Asamblea General y de la Asamblea Ejecutiva, asumiendo la representación del Consejo. Entre sus funciones conviene destacar su labor de coordinación de las Comisiones Especializadas y grupos de trabajo establecidos por la Asamblea, y representación del Parlamento Nicaragüense de Jóvenes ante las instituciones y organizaciones con las que se mantienen o inician relaciones.
Las seis Comisiones Especializadas (Socioeconómica, Participación y Promoción Asociativa, Educación Integral, Derechos e Igualdad de Oportunidades, Relaciones Externas y Desarrollo Institucional y Relaciones Internacionales) son las encargadas de elaborar los documentos y propuestas de actuaciones concretas que sirvan de base a las decisiones del Consejo.
La Asamblea Ejecutiva es el órgano responsable de desarrollar los acuerdos de la Asamblea. Se reúne con carácter ordinario dos veces al año y con carácter extraordinario cuando lo solicite un tercio de las entidades miembro o a propuesta de la Comisión Permanente.
La Comisión Permanente es el órgano encargado de ejecutar sobre el terreno los acuerdos de la Asamblea General y de la Asamblea Ejecutiva, asumiendo la representación del Consejo. Entre sus funciones conviene destacar su labor de coordinación de las Comisiones Especializadas y grupos de trabajo establecidos por la Asamblea, y representación del Parlamento Nicaragüense de Jóvenes ante las instituciones y organizaciones con las que se mantienen o inician relaciones.
Las seis Comisiones Especializadas (Socioeconómica, Participación y Promoción Asociativa, Educación Integral, Derechos e Igualdad de Oportunidades, Relaciones Externas y Desarrollo Institucional y Relaciones Internacionales) son las encargadas de elaborar los documentos y propuestas de actuaciones concretas que sirvan de base a las decisiones del Consejo.
Las seis Comisiones
Especializadas (Socioeconómica, Participación y Promoción Asociativa,
Educación Integral, Derechos e Igualdad de Oportunidades, Relaciones Externas y
Desarrollo Institucional y Relaciones Internacionales) son las encargadas de
elaborar los documentos y propuestas de actuaciones concretas que sirvan de
base a las decisiones del Consejo.
- La
Comisión Especializada
Socioeconómica tiene como objetivo la elaboración de informes y
estudios que reflejen la situación real de la juventud en empleo y
vivienda, intentando al mismo tiempo, realizar propuestas para mejorar
dichas materias.
- La
Comisión Especializada de
Educación Integral estudia todos los aspectos formativos en
cuatro grandes espacios: Educación reglada, Educación no formal, Medio
ambiente y Educación para la salud, trabajando en temas como la prevención
del SIDA, drogas y sexualidad.
- Por
su parte, la Comisión
Especializada de Derechos e Igualdad de Oportunidades, centra
su trabajo en cinco grandes campos de trabajo: infancia, mujer joven,
juventud rural, educación para la paz e inmigración. Uno de los ejes
fundamentales es potenciar la transversalidad de todas estas materias al
resto de áreas y actuaciones del Parlamento Nicaragüense de Jóvenes.
- La
Comisión Especializada de
Participación y Promoción Asociativa pretende potenciar la
participación como base del asociacionismo juvenil y como un modelo de
intervención abierto para transformar el entorno social, cultural,
político y económico.
- La
Comisión de Relaciones
Internacionales es la encargada de representar al Parlamento
Nicaragüense de Jóvenes en las
plataformas y organizaciones juveniles internacionales, como es Asamblea
de Jóvenes de delegados de Naciones Unidas, La cumbre de Ministros y
responsables de Juventud, y en otras instituciones de ámbito Americano.
Además, es responsable de promover intercambios internacionales a
distintos niveles, mantener relaciones bilaterales y multilaterales con
organizaciones de juventud de terceros países.
- La
Comisión Especializada de
Relaciones Externas y Desarrollo Institucional centra su
actuación en las siguientes áreas:
- Comunicación
con medios.
- Comunicación
con entidades.
- Comunicación
interna y Gestión del conocimiento.
- Relaciones
institucionales.
- Comunicación
de marketing e imagen corporativa.
Esta área asume la coordinación de la Revista Parlamento Nicaragüense
de Jóvenes
cuyo objetivo es dotar al movimiento asociativo juvenil de un
instrumento de expresión y de referencia a la hora de hablar de las cuestiones
relacionadas con los y las jóvenes y su entorno.
Al servicio de toda esta estructura están el departamento de Contabilidad, el departamento de Administración, el departamento de Sistemas y el Servicio de Documentación.
El Servicio de
Documentación está concebido como un recurso más para el apoyo del
trabajo del movimiento asociativo. Así, su objetivo es proporcionar el soporte
documental para dar cobertura a las necesidades informativas del propio Parlamento
Nicaragüense de Jóvenes y de sus entidades miembro, dando
respuesta a las demandas que se formulan, bien proporcionando los documentos
solicitados, las referencias de los documentos o las bibliografías de temas
específicos.
Se trata de un servicio de documentación especializado en
asociacionismo juvenil, por lo que sus fondos documentales principalmente son:
legislación de asociaciones y consejos de juventud, publicaciones de entidades
juveniles, literatura gris generada por el movimiento asociativo (congresos,
jornadas, encuentros, etc.). Además, abarca otros asuntos que, aunque no
siempre están tratados desde la óptica del asociacionismo, son necesarios para
el trabajo en el Parlamento Nicaragüense de Jóvenes, los consejos de juventud o
las asociaciones: empleo, Comunidades étnicas, SIDA, drogas, sexualidad, mujer
joven, inmigración, medio ambiente, Integración Centroamericana, etc.
Se encuentran organizados en tres categorías: Entidades de Pleno Derecho, Entidades Observadoras y Entidades con Convenio de Colaboración (estas últimas no son entidades miembro como tal).
Elaborado por:
Alberto Arredondo Barreto
Director Ejecutivo
Asociacion Nicaraguense de la Sociedad Civil